8 de agosto 2007 – 12 hs. en el Obelisco
MOVILIZACION A JEFATURA DE GOBIERNO DE COOPERATIVAS AUTOGESTIONARIAS Y ORGANIZACIONES SOCIALES DE HABITAT
POR EL DERECHO A VIVIR EN LA CIUDAD
1- Exigir al Ejecutivo dé Cumplimiento a la Ley de Presupuesto 2007 del GCABA Para las Cooperativas Autogestionarias de Vivienda ( Leyes 341 y modificatoria 964) Continuar las Obras - Iniciar las Obras - Comprar Terrenos - Ingresar Nuevos Expdtes.
2- Pronta Efectivización de las Previsiones Presupuestarias del Programa Plurianual Nacional Para la 341, Incluyendo La Compra de Suelo; Por la Existencia de un Programa Autogestionario Nacional.
3- Inmediato Descongelamiento de los PVTs - Programas de Vivienda Transitoria y su Pronta Implementación para Familias Involucradas en Procesos Autogestionarios
4- Radicación, Urbanización e Integración de las Villas
5- Prioridad de las Tierras de la Ex AU3 para sus Familias dando cumplimiento a la legislación específica existente
6- Suelo Estatal de la Ciudad y de la Nación Para Responder a las Necesidades Populares de Habitat
No Para Subsidiarles a las Empresas Sus Negocios Inmobiliarios
7- Urgentes Acciones del Estado Local y Nacional Para Frenar Los Desalojos:
7a- Inmediata Suspensión de los Desalojos en Propiedades de la Ciudad y de la Nación
avanzando, en tales situaciones, en Procesos de Regularización Dominial
7b-Acciones Del Estado Local y Nacional que garanticen el cumplimiento constitucional del derecho a
la vivienda, frente a procesos de desalojo en propiedades privadas.
8- Congelamiento y/o Regulación de los Alquileres
CONSTITUCION DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
CAPITULO QUINTO – HABITAT ARTICULO 31
La Ciudad Reconoce el Derecho a una Vivienda Digna y a un Habitat Adecuado
para ello:
1- Resuelve progresivamente el déficit habitacional, de infraestructura y
servicios dando prioridad a las personas de los sectores de pobreza crítica y con
necesidades especiales de escasos recursos.
2- Auspicia la incorporación de los inmuebles ociosos, promueve los planes
autogestionados, la integración urbanística y social de los pobladores marginados,
la recuperación de las viviendas precarias y la regularización dominial y catastral
con criterios de radicación definitiva.
3- Regula los establecimientos que brindan alojamiento temporario, cuidando
excluir a los que encubren locaciones.
CONVOCAN: MOI-CTA CAPITAL; FECOVISA; MVT; FORO POR LA VIVIENDA; COOP EL CEIBO; MESA EX AU3; COOP.ASAMBLEA CONGRESO; FP Darío Santillán; CIBA; MTL Rebelde; POLO OBRERO; ETI NEXUS; Y OTRAS COOPERATIVAS Y ORGANIZACIONES SOCIALES DE HABITAT.